El pago de una fianza es el mecanismo para poner en independencia a un individuo que está en prisión precautoria por la comisión de un delito. Actúa como un resorte legal que hace la liberación.
Espere el juicio
Tras difundir el baile en la prisión donde está recluido su individuo cercano, se le dejará llevarlo a casa. Van a ser liberados de la custodia a fin de que logre llevarlos de regreso usando su vehículo u otro medio de transporte. La prisión no los va a traer a casa.
En espera de juicio, distintas acusados deberán continuar distintas términos y condiciones. La mayor parte va a estar bajo detención domiciliario. Van a tener toque de queda y solo van a poder conocer algunos sitios.
Géneros de multas en el orden penal
El producto 50 del Código Penal establece 2 géneros de multas. Los primeros son los mucho más usados, al paso que los segundos se aplican solo a delitos concretos.
- Sistema de fin de día.
- Pena de multa proporcional impuesta por ciertos delitos como los realizados contra la Hacienda Pública.
¿Por qué razón no me tienen la posibilidad de llevar a la prisión?
Según el producto 17 de la Constitución Política de los USA Mexicanos, «absolutamente nadie puede ser preso por deudas de carácter puramente civil».
Se piensan deudas de carácter civil las contraídas por medio de préstamos personales, nóminas, hipotecas o tarjetas de crédito, con lo que si hay impago tu sanción no es la prisión.
No puede proceder a la prisión por deudas de consumo impagas
Así sea un préstamo, una tarjeta de crédito, su hipoteca, un préstamo de día de pago, da igual. Ningún cobro de ninguna deuda del cliente va a ir a la prisión. Sencillamente no pasa. No puede ser detenido, encarcelado, obligado a efectuar servicios comunitarios o programas de trabajo, ni nada parecido por sus deudas impagas.
Además de esto, según con la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA), de todos modos es ilegal que un cobrador de deudas lo amenace con proceder a la prisión. Como resultado, puede enseñar cargos e inclusive demandar a un cobrador por violar la ley antes citada, si se efectúan semejantes amenazas. Por ende, tenga precaución con las infracciones y asegúrese de denunciarlas. Si quiere defenderse, tenemos la posibilidad de asistirlo a conectarse con los expertos para realizar exactamente eso.
¿Qué sanción se impone por el delito de impago de alimentos?
La sanción por impago de la pensión alimentaria puede ser de prisión de 3 meses a 1 año, o multa de 6 a 24 meses.
Según el Tribunal Supremo, el impago de las cuotas hipotecarias en el momento en que fué impuesta en una separación, divorcio u otra resolución, se considera una virtud económica que se encuadra en el producto 227 del código penal, con lo que Ud. puede ser culpado por dicho delito por haber dejado de abonar alimentos.