En el momento en que será embargado es siguiendo un desarrollo del que debieron ser informados antes, y además de esto (caso de que el juez apruebe el embargo) hay que reportar del embargo mismo, explicó Mario Di Costanzo .
¿Cuándo y de qué manera se puede embargar?
El embargo es una medida precautoria y cautelar en un proceso que tiene por objeto asegurar el pago de una deuda ahora en mora, y eludir la insolvencia del moroso para eludir su cancelación.
Según múltiples especialistas hablan de que la medida de embargo solo es decretada en Colombia por un juez de la República, o en su defecto por una entidad estatal que tiene su jurisdicción particular, famosa como jurisdicción de cobro coactivo.
¿Me tienen la posibilidad de agarrar por fuerza?
Primeramente, la incautación no se efectuará por la fuerza; no obstante, si persiste la resistencia, el juez autorizará una orden de fuerza pública, a través de la que se usará la policía para eliminar las cerraduras.
Todo embargo debe ser autorizado por un juez, con lo que absolutamente nadie puede hacerte uno sin ese archivo.
Lo que es imposible embargar
Más allá de que se puede embargar el salario, hay que tener en consideración que es imposible embargar al cien%. El moroso no puede dejar de sentir, mes a mes, el Salario Mínimo Interprofesional (excepto los presuntos de petición de alimentos, en los que sigue un mínimo escencial).
Si percibes 2 sueldos mínimos interprofesionales, el segundo salario estaría relacionado a un tercero.
Y si logra tres, el tercero sería embargado hasta la mitad.
¿Cuánto tiempo se tarda?
Este período va a depender de la eficiencia de la compañía de cobranza en el manejo de sus juicios. En la mayoría de los casos, esta acción toma cerca de 50 días desde la presentación de la petición ejecutiva.
Antes de contestar a esta pregunta, debemos comprender que la restricción es una manera de conseguir o extinguir derechos y obligaciones.
¿Qué se tiene presente, el importe bárbaro o neto?
El importe de referencia para el embargo es el importe neto, o sea, el importe que recibe el trabajador en su cuenta bancaria.
Una cuestión esencial es si tenemos en cuenta el SMI con el salario agregada prorrateado o sin el prorrateado, o sea, si en el año 2023 tenemos en cuenta inatacables 1.000 euros o 1.166,67 euros.