1. Contrato de compraventa: El contrato de compraventa se define por el trueque de cosa por cosa; en cambio, la venta cambia la cosa por el valor.
Es un contrato en virtud del que entre las partes o el vendedor se ordena a transladar la propiedad de un bien a la otra sección o cliente, en lugar de la transferencia por la parte de este de la propiedad o dominio de un otro bien. En otras expresiones, es un contrato en el que se trasfiere la propiedad de un bien en lugar de recibir la propiedad total o la propiedad de otro bien (tal y como si fuera un trueque).
Si bien asimismo puede darse el en el caso de que entre los contratantes otorgue al otro el bien mucho más una suma de dinero, por el hecho de que el valor del bien que está por recibir es mayor que el valor del bien que está a puntito de dar A fin de que esta situación sea considerado un contrato de permuta, el monto capital ha de ser menor que el valor del bien, puesto que si la proporción de dinero entregada o recibida es mayor que el valor del bien, el contrato se transformaría en un Contrato de compra.
Diferencia entre el contrato de permuta y el contrato de compraventa.
El contrato de permuta se distingue del contrato de compraventa, en que mientras que en el permuta la obligación de las partes es ofrecer una cosa por otra, en la compraventa existe la obligación del vendedor, que es aquel de dar la cosa vendida y otra la del cliente, que paga el valor, si bien sea en clase.
Si bien los dos contratos son nominativos, así como regula el código civil, el contrato de permuta transporta una referencia normativa a las reglas de la compraventa en relación no se opongan a la naturaleza de la permuta.
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¿Qué medidas hay que tomar?
Una vez llegado a un convenio entre ámbas partes y tomada la resolución de efectuar un trueque de características, se tienen que continuar los próximos pasos:
- Pactar el valor . Es requisito valorar y cotizar las dos características para garantizar que el valor sea afín y se logre efectuar una permuta. De lo contrario, va a deber estipularse un contrato mixto de permuta y venta.
- Firma notarial. Cuando los dos dueños hayan recibido el valor, va a ser el instante de firmar la escritura de compraventa frente notario.
- Registro de la propiedad. Por último, la escritura de cambio debe llegar a la oficina de registro a fin de que el cambio de propiedad se lleve a cabo efectivo.